Es de las dudas más frecuentes de quien recién formaliza su negocio, y también de las que más caro salen si se resuelve mal: un contribuyente del Nuevo RUS no puede emitir facturas.
No es una restricción del sistema que uses. Es el artículo 16 del Decreto Legislativo 937, el texto que crea el régimen:
«Los sujetos del presente Régimen solo deberán emitir y entregar por las operaciones comprendidas en el presente Régimen, comprobantes de pago que no permitan ejercer el derecho al crédito fiscal…»
Entonces, ¿qué sí puedes emitir?
Boletas de venta y tickets. Con eso cubres la venta al consumidor final, que es justamente el caso para el que el régimen fue pensado.
La factura queda fuera porque da derecho a crédito fiscal al comprador, y eso es incompatible con un régimen simplificado en el que tú no liquidas IGV operación por operación.
Por qué tus boletas no llevan IGV
Esta parte confunde incluso a quien ya lleva tiempo emitiendo. En el Nuevo RUS, la cuota mensual que pagas —S/ 20 o S/ 50 según tu categoría— ya incluye el IGV. Lo dice el artículo 4 del mismo decreto: el régimen comprende el Impuesto a la Renta, el IGV y el Impuesto de Promoción Municipal.
Consecuencia práctica: tú no trasladas IGV al comprador, y tus boletas se emiten sin IGV desglosado. Si un sistema te muestra IGV en una boleta de Nuevo RUS, algo está mal configurado.
¿Y si un cliente me pide factura?
Pasa, sobre todo con clientes empresa que quieren sustentar gasto. Las opciones reales son dos: explicarle que por tu régimen no puedes emitirla, o evaluar un cambio de régimen si ese tipo de cliente empieza a ser habitual en tu negocio.
Lo que no es opción es emitir una factura de todos modos.
Cómo lo maneja Efactus
Cuando configuras tu empresa declaras tu régimen, y a partir de ahí el sistema no te deja emitir una factura por error: la opción no aparece. Si más adelante cambias de régimen, lo actualizas en la configuración y las facturas se habilitan solas.
Es la clase de error que conviene que sea imposible, no que dependa de acordarse.